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7. Corea despenaliza el aborto 66 años después

2019-12-31



El delito de aborto inducido, tipificado en el Código Penal en 1953, fue abolido 66 años después.

La despenalización del aborto obedece al dictamen emitido por el Tribunal Constitucional el 11 de abril, al resolver un recurso amparo interpuesto por una ginecóloga, al considerar -por siete votos a favor y dos en contra- la inconstitucionalidad de los artículos 269 y 270 del Código Penal, que tipificaban el delito de aborto y sancionaban tanto a la mujer que se someta a dicha intervención voluntariamente con penas de hasta un año de prisión o una multa máxima de dos millones de wones, como a quien lo practicara, para quien establecía una sanción máxima de dos años de prisión.

Ahora ambos preceptos han sido anulados, tras considerar el máximo tribunal como inconstitucional vulnerar el derecho de la mujer a decidir sobre su propio cuerpo, priorizando y atribuyendo un significado absoluto solo al interés público, de cara a proteger la vida del nasciturus (concebido pero no nacido). Pese a todo, el Tribunal Constitucional estima que considerando el contexto social del país, no es posible despenalizar completamente y de inmediato el aborto, ni permitir esa práctica de forma indiscriminada. Por tanto ordenó reformar dichas normas hasta el 31 de diciembre de 2020, estableciendo un periodo transitorio. Pero si al finalizar ese plazo no se hubiera efectuado la reforma, despenalizarán el aborto totalmente.

Photo : KBS News

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