El Tribunal de Distrito del Este de Seúl falló el 1 de julio que Park Tae Hwan podrá ser elegido para competir en los Juegos Olímpicos de 2016 en Río de Janeiro, Brasil.
El dictámen afirma que, en base al artículo 5 del reglamento de la Federación Coreana de Natación, no hay motivos que justifiquen el rechazo de Park a integrar el equipo nacional de nadadores.
El tribunal declara que la decisión del Comité Olímpico de Corea de prohibir la participación de Park en los Juegos Olímpicos de 2016 viola sus normas en detrimento del Código Mundial Antidopaje, al tiempo de considerar que sería imponer un doble castigo por el mismo delito.
El nadador surcoreano completó la sanción de 18 meses de suspensión impuesta por la Federación Internacional de Natación, tras dar positivo en una prueba anti-dopaje en septiembre de 2014.
Sin embargo, el Comité Olímpico Surcoreano excluyó su nombre del listado provisional de jugadores para los Juegos Olímpicos de Brasil, en virtud de su norma que prohíbe integrar el equipo nacional a deportistas sancionados por dopaje, durante los tres años posteriores a la sanción.
Park Tae Hwan también presentó el caso ante Tribunal de Arbitraje Deportivo el pasado abril.