La Justicia surcoreana ha reconocido por primera vez a la pareja homosexual de un afiliado al seguro de salud público como "dependiente", al igual que en las uniones de hecho.
El Alto Tribunal de Seúl emitió ese dictamen el martes 21 revirtiendo una sentencia de primera instancia y fallando a favor del demandante, que exigía al Servicio de Seguro Médico Nacional anular la imposición de afiliarse por separado a su pareja del mismo género.
Aunque comentó la dificultad de considerar dicha relación como una unión de hecho convencional, la corte reconoció los mismos derechos que otras parejas en cuanto a seguro de salud y afiliación de dependientes, rechazando la instrucción del Servicio de Seguro Médico Nacional de realizar coberturas separadas.