El Tribunal Constitucional dictaminó el día 28 que la ley médica que prohíbe a los médicos revelar el sexo del feto antes de la semana 32 de embarazo, va contra la Constitución.
En un fallo sobre el apartado 2 del artículo 20 de la Ley de Servicios Médicos, afirmó que conocer el género del feto no afecta al propósito legislativo de proteger su vida, mientras que menoscaba el derecho de los padres a conocer el género de su futuro bebé.
La ley incluyó esa disposición para prevenir el aborto selectivo en función del sexo, ante la preferencia social por los hijos varones. Pero ahora que el país enfrenta una baja tasa de natalidad y esa preferencia por los hijos varones va desapareciendo, la opinión social se muestra a favor de permitir revelar antes el género del nasciturus para proteger el derecho de los padres.
En 2008, el Tribunal Constitucional dictaminó que la disposición que prohibía dar a conocer el género durante el embarazo no era compatible con la Constitución, y al año siguiente fue aprobado un proyecto de ley sustitutorio que permitía a los médicos revelar el sexo del futuro bebé a los padres después de la semana 32 de embarazo.