La patronal y los sindicatos han mostrado posturas enfrentadas ante la reforma de la Ley de Sindicatos, aprobada el domingo 24 por la Asamblea Nacional. La normativa limita las demandas de indemnización por daños y perjuicios contra los huelguistas, refuerza el derecho a la acción colectiva y permite que los trabajadores subcontratados negocien directamente con la empresa contratista principal. Los cambios afectan a los artículos 2 y 3 del texto legislativo.
Desde el movimiento sindical consideran que la enmienda representa un avance histórico en la protección de los derechos laborales. En este sentido, destacan que, por primera vez en el país, se reconoce legalmente la posibilidad de que cualquier empleado participe en la negociación colectiva, con independencia del tipo de contrato que tenga.
En contraste, las organizaciones empresariales han expresado su preocupación. Según argumentan, la nueva legislación podría dificultar la actividad corporativa e incluso provocar que compañías nacionales y extranjeras trasladen oficinas y centros de producción fuera de Corea del Sur.
La modificación entrará en vigor tras un periodo de gracia de seis meses, durante el cual empresas y sindicatos deberán adaptarse a las nuevas disposiciones.