El Tribunal Constitucional reconoció el jueves 28 la constitucionalidad de la Ley de Prohibición de Favores Indebidos y de Recepción de Sobornos, conocida abreviadamente como ley antisoborno.
La norma permite, entre otras cosas, imponer sanciones penales por percepción de soborno, en concreto, de más de 1 millón de wones en efectivo o en forma de otros bienes o servicios de personas ajenas al trabajo que realiza el sobornado.
La parte cuya constitucionalidad fue cuestionada esta vez es la que alude al alcance de la ley, pues su aplicación abarca no solo a funcionarios y empleados públicos, sino también a personal administrativo de instituciones educativas privadas y a empleados de medios de comunicación.
Una vez calificada como "constitucional", la ley en cuestión cobrará vigencia el 28 de septiembre.